Restricción

Día sin Carro: La lista de vehículos que no podrán circular este 2 de febrero en Bogotá

Para evitar líos con las autoridades, consulta aquí todo lo que debes sabe sobre el próximo día sin carro en la capital.
miércoles, 1 de febrero de 2023 · 14:05

La Alcaldía de Bogotá dio a conocer, en la víspera del Día sin Carro que tendrá lugar este jueves 2 de febrero de 2023, todos los pormenores de esta restricción que ha generado muchas dudas entre los automovilistas y usuarios de motocicletas, impedidos para transitar en dicha fecha.

Si bien la norma es clara en cuanto a los vehículos que utilizan combustibles, la secretaria de Ambiente de Bogotá, Carolina Urrutia salió a esclarecer algunas dudas de los usuarios de vehículos híbridos y eléctricos, dado que muchos propietarios de este tipo de medio de transporte confiaban en que sí podría salir a circular.

De acuerdo con la funcionaria, únicamente lo vehículos que no están impedidos para circular son aquellos que son 100% eléctricos, contrario a los de modalidad híbrida, que sí deberán acatar la restricción del Día sin Carro.

¿Cuáles son los vehículos que no podrán circula el Día sin Carro?

El Distrito reiteró que todos los vehículos particulares a gas NO pueden transitar el Día sin Carro, puesto que si no acatan la norma las autoridades de tránsito tendrán la facultad de multar al conductor. Cabe mencionar que no todos los vehículos están sujetos a la regla, ya que hay algunas excepciones.

Entre los medios de transporte que sí pueden circular el Día sin Carro se encuentran: carrozas fúnebres, grúas, caravana presidencial, trasnporte especial, escolar y publico, vehículos de emergencia, carros de mensajería, vehículos militares y de policía y vehpiculos de vigilancia y control de tráfico.

El Día sin Carro se implementó en octubre de 2000, cuando los ciudadanos votaron a favor de esta medida excepcional por medio de una consulta popular. La Administración distrital cumplió el mandato de la ciudadanía para reglamentar la fecha el primer jueves de febrero todos los años.

Aquellos conductores que no respeten la jornada deberán pagar una multa que asciende hasta los 522.900 pesos, además deberán acarrear con la inmovilización del vehículo, un cargo extra que el penalizado deberá cubrir.

AG