Trabajo fuera de horario

Horas extra: cómo se pagan en Colombia

Así se te deberá recompensar el realizar labores fuera de tu horario
martes, 22 de agosto de 2023 · 17:38

Los trabajadores han visto muchos cambios en sus jornadas laborales en los últimos años, siendo uno de los más importantes el de la eliminación de un límite de 8 horas por día, por lo que la Reforma Laboral se plantea corregir esta situación frente al Gobierno y que los empleados puedan tener mayor tiempo de descanso.

A consecuencia de esto la ministra de Trabajo, Gloria Inés Ramírez, señaló que a partir del mes de julio del presente año se estará reduciendo una hora las jornadas laborales, por lo que los horarios estarán pasando de 48 horas a la semana a 47.

“El límite de ocho horas diarias fue eliminado, una situación que ha generado preocupación en los organismos internacionales, como la OIT, que le han pedido al Gobierno corregir esta situación”, expresó Gloria Inés en una entrevista con el diario Semana hace un par de meses atrás.

Esto no toma en cuenta las horas extras, las cuales tienen una remuneración adicional para aquellos trabajadores que las desempeñen por órdenes de sus superiores. Este tipo de pago varía de acuerdo con el tipo de jornada extra que se tenga que hacer, ya que puede ser diurna, nocturna, dominical o festiva.

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Pago de horas extras en Colombia

En Colombia, el pago de las horas extra por fuera de la jornada laboral puede ser de desde el 25 por ciento del valor de la hora de trabajo a hasta el 100 por ciento de la misma. Las horas extras de trabajo deberán ser pagadas junto con el salario ordinario del período en que se han realizado, aunque como límite máximo se tiene el pago del siguiente período.

- En cuanto al turno diurno, este contsa de un horario de trabajo entre las 6:00 y las 21:00, el cual se pagará con un 25 por ciento.

- El turno nocturno es aquel que se lleva a cabo en un período entre las 21:00 y las 6:00, y que recibe una remuneración del 75 por ciento por las horas extras.

- Las horas de trabajo que se llevan a cabo el domingo o en los días festivos pueden recibir hasta un 150 por ciento extra si se trabaja en el turno nocturno, un 75 por ciento si es dominical y festivo, y un 110 por ciento en algunos casos.

JAP