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Descubre el beneficio que no te podrán negar pese a que tengas medicina prepagada

El rechazo a la solicitud de la madre de una menor que requería el servicio derivó en la intervención de la Corte Constitucional.
jueves, 1 de febrero de 2024 · 10:04

El alto tribunal lanzó una advertencia a Colsanitas y a la Entidad Promotora de la Salud Sura que no pueden negar servicios relacionados con terapias psicológicas y neurológicas. La intervención de la Corte Constitucional llega luego del rechazo a la solicitud previamente descrita por un especialista de la entidad para que una menor recibiera la atención.

Con ello en cuenta, la Corte Constitucional estableció que la medicina prepagada no puede negarse como parte de su plan complementario de terapias psicológicas y neurológicas, de modo que la Corte señaló que lo hecho por Colsanitas para eludir la solicitud fue utilizar “cláusulas constitucionalmente problemáticas”, dejando de lado tratamientos sobre enfermedades congénitas, apuntó W Radio.

Imagen ilustrativa: Istock

La EPS, por su parte, aludió a que la negativa sobre la petición del servicio responde a que ninguno de los especialistas pertenecientes a la entidad habían prescrito un tratamiento sobre dichos padecimientos.

Así se dio la decisión del alto tribunal

La negación sobre la prestación del servicio en cuanto a terapias psicológicas y neurológicas llevó a una madre a solicitar que se respetara el derecho a la salud de su hija, sin embargo dicha petición fue rechazada dado que un juzgado la consideró no contractual.

Es entonces cuando el magistrado de la Sala Novena de Revisión, José Fernando Reyes entra para revocar la decisión del juzgado y amparar los derechos de la menor de 7 años, así lo subrayó el medio antes mencionado.

Imagen ilustrativa: Istock

De acuerdo con la Corte Constitucional, Colsanitas falló en proveer el derecho a la salud de la menor al “interrumpir un tratamiento” basado en factores administrativos, de modo que atenta contra sus deberes relacionados a la actividad económica que desempeña.

Es por tal motivo que la Corte Constitucional resalta la importancia y realiza un llamado para que las compañías de seguros, así como los proveedores de salud, se apeguen a los lineamientos que permitan respetar los derechos de los pacientes que requieren del servicio.

La advertencia realizada por parte del alto tribunal obliga a transparentar los procesos y obliga a Colsanitas a llevar a cabo otra valoración de la menor que le permita recibir el tratamiento adecuado según su padecimiento.

AG