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Toma asiento antes de conocer de cuánto pueden ser las multas a ciclistas en 2024

Si bien utilizar este medio de transporte tiene algunos beneficios, no está exento de sanciones según lo estipulado en el Código Nacional de Tránsito.
martes, 19 de marzo de 2024 · 12:56

Movilizarse en bicicleta dentro de una gran urbe como Bogotá ha servido a muchos usuarios de este tipo de transporte a trasladarse de una manera más práctica, además de que contribuyen a cuidar el medioambiente y se ejercitan en el proceso.

Al ser un actor vial más, el usuario de bicicleta debe conocer lo que se encuentra estipulado en el Código Nacional de Tránsito (artículo 94), donde están los lineamientos que deben seguir en todo el país para que la movilidad fluya de la mejor manera posible.

En ese sentido, los ciclistas deben apegarse a ciertos criterios, tales como transitar por la derecha de la vía no más allá de un metro de la acera; evitar carriles exclusivos del transporte público; utilizar prendas que los hagan distinguirse en especial dentro de un horario donde exista ausencia de luz natural.

Si los ciclistas van en grupo la manera de circular es uno detrás del otro; además no pueden transitar por las banquetas ni mucho menos sujetarse o movilizarse muy cerca de un un vehículo de gran tamaño a modo que entorpezca la visibilidad del conductor.

Otros aspectos que deben considerar los ciclistas son respetar las señalizaciones de tránsito, incluyendo los límites de velocidad; no adelantarse a otros vehículos por la derecha; emplear señales manuales (establecidas en el artículo 69); utilizar casco de seguridad y en caso de ir con un acompañante también deberá viajar protegido.

Imagen ilustrativa: iStock

¿De cuánto son las multas para ciclistas en 2024?

El Código Nacional de Tránsito cataloga las infracciones según el grado de la falta, de modo que aquellas que son de tipo A valen 173.733 pesos; tipo B, 346.667 pesos; tipo C, 650.000 pesos; tipo D, 1.300.000 pesos; tipo E 1.950.000 pesos.

La mayoría de las sanciones que cometen los ciclistas están incluidas dentro del tipo A, entre las que se engloban faltas como: no transitar por la derecha, no respetar señales de tránsito, agarrarse de otro vehículo, adelantarse a vehículos que transitan en sus carriles, transitar por zonas prohibidas, por mencionar algunos ejemplos.

El comparendo, según lo estipulado en la normativa, indica que el infractor debe asumir su responsabilidad y pagar lo que le corresponde dentro de los primeros 30 días de emitida la sanción, de lo contrario se le aplicará interés moratorio, y en caso de no cubrir el monto en los 90 días posteriores a la infracción se aplicará la modalidad de cobro coactivo, proceso que se lleva a cabo por parte de la autoridades cuando el deudor no cumple con sus obligaciones de manera voluntaria.

AG

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