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La advertencia clave de Colpensiones a trabajadores de más de 45 años

La entidad pública recordó que existe un proceso clave que los trabajadores deben realizar si piensan pensionarse.
martes, 2 de abril de 2024 · 11:03

La pensión es un pago regular que se entrega a los trabajadores que han alcanzado determinada edad o años de servicio en los que contribuyeron a un sistema de pensiones, es por ello que muchos colombianos se preguntan cuál es el fondo ideal para obtener un mejor ingreso.

Con la reforma pensional hay trabajadores que se han planteado la pregunta sobre si deben permanecer en un fondo privado o pasarse a uno publico para tener mejores beneficios. Al respecto, Colpensiones tocó el tema recientemente y recordó que antes de llevar a cabo ese proceso hay que cumplir ciertas condiciones.

La advertencia de Colpensiones a trabajadores por encima de los 45 años

El fondo público de pensiones informó que durante la última semana de marzo llevaría actualizaciones en sus sistemas digitales y operativos, de modo que aprovechó para recordar que los colombianos que pretendan cambiarse de fondo deben cumplir con el procedimiento de la doble asesoría y hacerlo por lo menos 10 años antes de la edad requerida para pensionarse.

La pensión es un derecho que un trabajador se ha ganado por sus años de servicio. Imagen: iStock

 A través de su página web, Colpensiones explicó que para “solicitar el traslado de régimen”, la “doble asesoría es indispensable", por lo cual pide a los trabajadores considerar esta información si están próximos a cumplir, en el caso de las mujeres, 47 años de edad y en los hombres 52 años.

Cabe recordar que el modelo actual de pensiones en Colombia lo componen el Régimen de Prima Media con Prestación Definida (RPM) y el Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS). El primero de estos es administrado por la entidad del Gobierno, de tal forma que el trabajador tiene garantizada una mesada tomando en cuenta su trayectoria laboral y su salario promedio.

Por otra parte, el RAI debe su funcionamiento a las Administradoras de Fondo de Pensiones en las que los trabjadores hacen sus aportes destinados a fondos privados, de tal manera que cuando llega el momento de su jubilación su pensión está determinada en el rendimientos de sus contribuciones.

AG