Servicios de Salud
El Ministerio de Salud exige eliminar los pedidos de autorización para atención en urgencias de estos pacientes en Colombia
Conoce las instrucciones que el Ministerio de Salud emitió sobre las IPS (Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud). Estos son los pacientes que pueden ser atendidos sin tener una autorización.El Ministerio de Salud de Colombia emitió una circular con indicaciones e instrucciones a las IPS (Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud) para resolver la atención de los pacientes de urgencias sin tener una autorización. Esta modificación recae sobre algunas personas determinadas y la autorización deberá hacerse entre entidades.
¿Cuáles son los pacientes que pueden atenderse sin autorización bajo el amparo de las IPS de Colombia?
La medida busca que el paciente ya no tenga que hacer la gestión de autorización para recibir la atención de urgencia. Según la circular, las IPS y las Entidades Promotoras de Salud (EPS) ya no podrán exigir autorización para atender a los siguientes casos en Colombia:
- Atención de pacientes adultos con cáncer
- Atención integral de niños con cáncer
- Atención de urgencias
- Atención de personas con VIH/SIDA
Pero también se contempla la prestación o provisión de servicios y tecnologías de salud relacionados con las Rutas Integrales de Atención en Salud - RIAS y eventos en salud priorizados con la caracterización poblacional o el análisis de la situación en salud, así como aquellos eventos y condiciones en salud priorizados a través de la política pública.

¿Cuáles son las principales preocupaciones de las IPS con esta medida del Ministerio de Salud de Colombia?
Según el Ministerio, la carga de los procesos administrativos quedará sobre los prestadores o proveedores a cargo de la atención. Pero la principal preocupación de las IPS por esta medida tomada es quién debe generar el pago por la atención médica en Colombia. Este es el principal motivo de duda, ya que puede generar problemas futuros.
