Trabajo en Colombia: cuáles son las nuevas reglas para estudiantes y aprendices
De ahora en más, los estudiantes y aprendices podrán ingresar al mercado laboral respetando las nuevas normas.
El pasado 5 de marzo se realizaron algunos cambios significativos introducidos por el Decreto 0223 del 5 de marzo de 2026, en donde se buca reorganizar y clarificar las reglas sobre las prácticas laborales y el contrato de aprendizaje en el país.
Este decreto modifica parcialmente el Decreto 1072 de 2015 para adaptar las condiciones de los estudiantes a las necesidades actuales del entorno laboral y educativo.
¿En qué consiste la vinculación formativa?
Uno de los puntos centrales de los cambios producidos es la definición de la "vinculación formativa". Esta se entiende como el acuerdo que permite a un estudiante desarrollar su práctica en un entorno laboral real como parte integral de su formación académica.
El decreto establece que en este proceso deben participar obligatoriamente tres actores: el estudiante, la institución educativa (universidades, escuelas normales, etc.) y la entidad receptora (empresa u organización pública).
Para garantizar la transparencia, el proceso debe formalizarse mediante un acuerdo por escrito o acto administrativo. En este documento se deben especificar los derechos y deberes de las partes, la duración del convenio, el lugar de ejecución y, fundamentalmente, la asignación de un supervisor que vigile las actividades del practicante.
Además, el nuevo decreto establece límites estrictos a la duración de las prácticas, impidiendo que se extiendan de manera indefinida. El tiempo máximo estará sujeto a lo que establezca el reglamento de cada programa académico.
En cuanto a la modalidad, si bien la presencialidad es la regla general, también está la posibilidad de los famosos modelos híbridos o virtuales, siempre que las tareas lo permitan y haya un acuerdo previo entre la institución y la empresa.
Existen protecciones especiales para grupos vulnerables:
- Menores de edad (15 a 17 años): Requieren autorización previa de un inspector de trabajo para iniciar su práctica.
- Mujeres gestantes y lactantes: A partir del séptimo mes de embarazo y durante la lactancia, la jornada se limita a un máximo de 4 horas diarias (20 semanales) y no podrán trabajar después de las seis de la tarde.
¿Qué ocurre si una empresa no cumple con las normas?
El incumplimiento de estas normas acarrea sanciones severas. Las empresas que no contraten al número de aprendices requerido ni paguen la cuota de reemplazo enfrentarán multas de 1,6 salarios mínimos mensuales por cada aprendiz faltante.
Para finalizar, el decreto estipula el destino del dinero recaudado por estas cuotas y multas:
- 25% para estímulos a aprendices del SENA.
- 25% para el financiamiento de educación técnica en zonas rurales.
- 50% para el Fondo Emprender, destinado a apoyar nuevos proyectos de negocio en el país.