Pensiones

Quiénes podrán solicitar renta vitalicia en Colpensiones a partir del 1 de julio

Los colombianos que no alcanzaron a cumplir las semanas mínimas de cotización para recibir una pensión pueden acceder a una opción que les facilite obtener un ingreso mensual vitalicio.
martes, 10 de junio de 2025 · 11:35

Como parte de la reforma pensional impulsada por el Gobierno de Gustavo Petro, los colombianos que no alcanzaron a cubrir las semanas mínimas de cotización para recibir una pensión podrán, a partir del 1 de julio, acceder a una opción que les permita obtener una renta vitalicia en Colpensiones.

Cabe recordar que la entidad se convertirá en el principal fondo de ahorro del país. La incorporación de la renta vitalicia del pilar solidario, incluida en la Ley 2381 de 2024, entrará en vigor a partir del próximo mes, con lo cual millones de adultos mayores que no pudieron cumplir los requisitos necesarios para su jubilación podrán beneficiarse de un ingreso mensual.

¿A quienes está dirigida la renta vitalicia?

Este ingreso económico está dirigido a las personas que tengan entre 300 y 999 semanas de cotización en el sistema pensional. Los hombres, a partir de los 65 años, y las mujeres, desde los 60 años, tendrán la posibilidad de obtener un monto mensual que estará determinado por los aportes que hayan acumulado a lo largo de su etapa productiva y el rendimiento generado por sus ahorros.

Si bien este beneficio no se reconoce oficialmente como una pensión según la ley, sí asegura que las personas que cumplan con los criterios recibirán un pago mensual durante toda su vida, siendo un ingreso garantizado para quienes califican y cumplen con lo siguiente:

  • Ser colombiano de nacimiento o por naturalización
  • Haber vivido en Colombia por un periodo mínimo de diez años
  • No estar recibiendo actualmente una pensión por vejez
  • No estar inscrito en el programa Colombia Mayor
  • Haber aportado al sistema pensional entre 300 y 999 semanas

Los ciudadanos que no logren las 300 semanas mínimas, pero tienen la edad que les permite recibir el beneficio, tienen la posibilidad de solicitar una renta básica solidaria, que en este caso, el monto mensual entregado no debe ser mayor al 80% del salario mínimo. Asimismo, la cantidad presentará ajustes anuales con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC), para que su valor no se vea afectado por la inflación.

AG