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Se confirmó si habrá días festivos en julio en Colombia

Conoce si durante el mes de julio hay algún día no laboral establecido por ley.
jueves, 26 de junio de 2025 · 15:00

Los días festivos en Colombia son esperados por muchos trabajadores en el país, ya que representan una oportunidad para tomarse un respiro de las actividades cotidianas y celebrar la fecha en cuestión. En junio, por ejemplo, están marcados en el calendario tres días descanso.

Bajo este enfoque, es habitual que, a medida que se avecina el próximo mes, en este caso julio, muchas personas se pregunten si habrá días festivos y, más importante aún, si estos se trasladan al lunes siguiente a su fecha original, con el fin de crear puentes, tal como lo establece la Ley 51 de 1983, más conocida como Ley Emiliani.

Asimismo, la normativa vigente establece que tanto los empleados del sector público como del privado tienen derecho a disfrutar del día festivo con goce de sueldo. A su vez, también señala que cualquier trabajador que preste sus servicios durante una jornada catalogada como festiva debe recibir un recargo adicional, el cual es obligatorio para las empresas y empleadores. En caso de no otorgarlo, pueden ser objeto de sanciones.

Anotando fechas importante en el calendario. Imagen: iStock

¿Hay días festivos en julio en Colombia?

Si bien en este séptimo mes del año hay ciertos eventos culturales o conmemoraciones en el calendario, lo cierto es que el más significativo es el Día de la Independencia de Colombia, que se celebra el próximo 20 de julio.

Imagen ilustrativa: iStock

Se trata de un día festivo inamovible, lo que significa que no se traslada a otra fecha. Además, al caer en domingo, no se genera un puente festivo y en consecuencia, los trabajadores pierden un día adicional de descanso. De cualquier modo, según la legislación laboral vigente, quienes trabajen ese día tienen derecho a recibir el pago con recargo festivo.

En este punto es importante volver a mencionar la Ley Emiliani, que establece que los días feriados son jornadas de descanso obligatorio, tanto en el ámbito público como privado. Por ello, un empleador no puede imponer actividades a su trabajador en el día indicado, pero la legislación tampoco impide que ambas partes alcancen un acuerdo para que la persona pueda prestar sus servicios en un día festivo. De hacerlo, tiene que recibir un 75 % adicional sobre el pago de su salario diario.

AG