De cuánto es la multa por no presentar la Declaración de la Renta 2025 en Colombia
No presentar la Declaración de la Renta 2025 en Colombia puede traducirse en una decisión costosa. Este es el valor de la multa que se puede aplicar a la persona que no realice el debido trámite.
El martes 12 de agosto comienza el periodo para presentar la declaración de rentas, fijado por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) de Colombia. Este trámite se puede realizar hasta el próximo 24 de octubre.
Si bien la entidad anunció que habrá alivios para algunos contribuyentes, lo cierto es que también habrá sanciones por incumplir con esta obligación. De esta manera, dependiendo del tipo de falta o incumplimiento, el valor de las multas puede alcanzar cifras millonarias.
¿Quiénes deben presentar la Declaración de la Renta 2025 en Colombia?
Están obligadas a declarar las personas naturales cuyos ingresos brutos, consumos con tarjeta de crédito, compras o consignaciones superen los 1.400 UVT, es decir, los 65,8 millones de pesos. Pero también deben hacerlo quienes tienen patrimonios que excedan los 4.500 UVT, es decir, más de 211,7 millones.
A su vez, también deberán efectuar la declaración quienes fueron responsables del IVA al cierre de 2024. Las fechas para declarar varían según los dos últimos dígitos del NIT. En el caso de personas naturales, este corresponde al número de cédula. De esta manera, el proceso comenzará el 12 de agosto para las cédulas terminadas en 01 y 02. Finalizará el 24 de octubre para quienes tengan terminaciones 99 y 00.
¿Cuánto cuesta la multa por no presentar la Declaración de la Renta 2025 en Colombia?
Presentar la declaración fuera de los plazos establecidos puede traducirse en una sanción equivalente al 5% del impuesto a cargo por cada mes o fracción de mes de retraso, con un tope del 100% del impuesto. Pero si no hay impuesto a pagar, la multa corresponde al 0,5% de los ingresos brutos por cada mes de demora, con un límite del 5 % de esos ingresos o del doble del saldo a favor.
Sin embargo, cuando el contribuyente obligado no presenta la declaración, la sanción es del 20% de los ingresos brutos del año anterior. Esto puede traducirse en sumas significativas para quienes tuvieron altos movimientos económicos en 2024.
La sanción mínima es de 10 UVT, es decir, 498.000 pesos. Por lo tanto, si la declaración resulta en cero pesos por pagar o a favor del contribuyente, el valor mínimo a cancelar por incumplir será cercano a medio millón de pesos.