La costosa multa que podrían sufrir las personas con menores a cargo en conjuntos residenciales
Conoce qué dice la disposición del Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana de Colombia que contempla multas para las personas que pongan en riesgo a menores de edad en conjuntos residenciales. Esto es lo que debes saber de los espacios comunes.
En todo conjunto residencial existen normas de convivencia que hay que respetar y cumplir. Así lo dictamina el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana de Colombia, que pone el ojo en los comportamientos de los residentes de conjuntos cerrados que tienen niños a su cargo.
Estas personas deben tener mucho cuidado con la normativa, ya que, de no cumplirse, podría traducirse en multas o sanciones económicas elevadas. Conoce qué dice la ley sobre la convivencia en conjuntos residenciales colombianos.
¿Qué dice el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana de Colombia sobre el comportamiento de niños en conjuntos residenciales?
El Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana de Colombia no solo vela por el buen trato y los cuidados básicos que se deben tener con menores de 18 años en el país. También busca la protección y la implementación de medidas de seguridad para la prevención de situaciones que ponen en riesgo a niños, niñas y adolescentes.
A partir de 2025, las personas que permitan, inciten o no eviten que los menores participen en actividades que ponen en riesgo su integridad, podrían tener que enfrentar y pagar una multa de 759.200 pesos (Ley 1801 de 2016). La sanción económica equivale a 16 salarios mínimos diarios legales vigentes y busca generar conciencia sobre la responsabilidad que implica convivir en comunidad con menores de edad.

¿Cuándo se aplica esta multa en Colombia?
Esta multa se puede aplicar, por ejemplo, cuando los menores acceden a fiestas no aptas para su edad y son expuestos al consumo de alcohol, cigarrillo o sustancias psicoactivas. Este acto es considerado una contravención de tipo 4. Esto significa que puede ser sancionada por la administración del conjunto residencial.
Sin embargo, en los casos más graves, puede intervenir la Policía. Para que esta multa sea válida, debe estar contemplada dentro del reglamento interno del conjunto residencial y su aplicación debe respetar el debido proceso. Además, la sanción también se puede aplicar en situaciones riesgosas vinculadas al uso de espacios públicos, sin la debida supervisión o sin cumplir con los estándares mínimos de seguridad que exige la Ley 1209 de 2008.

Respecto del procedimiento en sí mismo, la administración del conjunto residencial debe notificar por escrito al residente para ofrecer la oportunidad de presentar descargos. Luego se debe imponer la sanción económica. Pero en casos de sospechas de abuso o exposición a entornos peligrosos, la Policía Nacional puede intervenir directamente, ya que está facultada para ingresar a las propiedades sin orden judicial cuando se trata de proteger derechos fundamentales de los menores