Protección al trabajador

Multarán con hasta 1.750 millones de pesos a empleadores que no cumplan con este requisito en mayo

El empleador que no afilie o deje de pagar la ARL a sus empleados domésticos en mayo de 2026 enfrentará sanciones muy severas. El Ministerio del Trabajo vigila el cumplimiento de este aporte legal obligatorio.

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Multarán con hasta 1.750 millones de pesos a empleadores que no cumplan con este requisito en mayo
Multarán con hasta 1.750 millones de pesos a empleadores que no cumplan con este requisito en mayo. Foto: Terra Colombia / Canva.

La afiliación al Sistema de Riesgos Laborales es una obligación ineludible para todo empleador de servicio doméstico en Colombia. Según la Ley 1562 de 2012, el incumplimiento de este pago genera sanciones administrativas severas impuestas por el Ministerio del Trabajo. Estas multas se calculan con base en el salario mínimo legal vigente de 2026, fijado en $1.750.905.

¿Es obligatorio pagar la ARL a empleadas domésticas?

Sí, la normativa colombiana establece que todos los trabajadores dependientes deben estar afiliados al Sistema de Riesgos Laborales. Esto incluye a quienes realizan labores de limpieza, cocina, jardinería o cuidado de personas en viviendas particulares.

El vínculo entre quien contrata y quien presta el servicio constituye una relación laboral formal. Por lo tanto, el empleador debe garantizar la vinculación a la seguridad social, incluso si el servicio se presta por días.

Multarán con hasta 1.750 millones de pesos a empleadores que no cumplan con este requisito en mayo. Foto: Terra Colombia / Canva

Costos y multas vigentes para 2026

No cumplir con esta responsabilidad financiera puede derivar en consecuencias económicas devastadoras para el patrimonio familiar. Estos son los valores y requisitos clave:

  • Multas generales: Pueden alcanzar los 500 salarios mínimos, equivalentes a $875.452.500.
  • Sanción por accidente grave: Si ocurre un evento fatal sin afiliación, la multa mínima es de $35.018.100.
  • Tope máximo de sanción: En casos de muerte o negligencia total, la multa llega a $1.750.905.000.
  • Clasificación de riesgo: El servicio doméstico se categoriza generalmente en Riesgo I, con una tarifa del 0,522%.
  • Responsabilidad del pago: El aporte debe ser pagado exclusivamente por el empleador; no se puede descontar del sueldo.
  • Atención médica: Si no hay ARL, el empleador debe pagar de su bolsillo hospitalización, incapacidades e indemnizaciones.
Multarán con hasta 1.750 millones de pesos a empleadores que no cumplan con este requisito en mayo. Foto: Terra Colombia / Canva

Además de la sanción administrativa, el impacto legal es profundo. El Ministerio del Trabajo realiza inspecciones basadas en factores como el tiempo de incumplimiento y las consecuencias del accidente.

Asegurar a sus colaboradores es la mejor inversión para evitar procesos jurídicos que pueden arruinar sus ahorros. Verifique hoy mismo el estado de cuenta de sus empleados ante la Administradora de Riesgos Laborales.

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