Economía

Se confirmó la cantidad de horas que trabajarán los colombianos con la reducción de la jornada laboral

Se trata de una medida que pretende ajustar el horario de los trabajadores en suelo colombiano de manera progresiva.
domingo, 23 de febrero de 2025 · 18:15

Este 2025 Colombia tendrá una gran novedad a diferencias de años anteriores como es la reducción de manera progresiva de las jornadas laborales, que se llevará a cabo gracias a la aprobación de la Ley 2101 del 2021, una acción que se viene realizando desde el año 2023. Hay que decir que la legislación nacional ha mencionado que desde el 15 de julio de 2023 la reducción pasó de las 48 a 47 horas, mientras que en 2024 el ajuste alcanzó las 46 horas. 

De acuerdo con todo lo señalado en la reglamentación aprobada por el Congreso de Colombia, es preciso acotar que, a partir del 15 de julio de 2025, la cantidad de horas semanales será de 44. Esta es una medida que forma parte de una reducción gradual de la jornada laboral que comenzó en 2023 y que culminará en 2026, con el objetivo de alcanzar un total de 42 horas semanales. A su vez, se añade que un trabajador no podrá exceder las 9 horas y tampoco ejercer acciones menores a cuatro horas continuas. 

¿Cuáles son los trabajadores afectados por la reducción de la jornada laboral? 

Todos los trabajadores domésticos en conjunto con el personal que brinda sus servicios en el ámbito privado, tendrán incidencia con esta variación en la jornada laboral establecida por las autoridades del territorio nacional. Sobre ello, la ministra de trabajo, Gloria Inés Ramírez, remarcó: “No es perjudicial para aquellos empleadores que quieran acogerse de forma anticipada a la reducción de la jornada máxima propuesta por la norma y se recuerda, que la reducción de jornada laboral no implica una disminución salarial”, explicó. 

Por otro lado, existen diversas excepciones en lo respectivo a la jornada laboral según lo compartido por el diario El Tiempo:

  • Servidores públicos, salvo los que trabajan en empresas con vínculos con el Estado. 
  • Trabajadores que no cumplan las ocho horas diarias. 
  • Menores de edad.
  • Trabajadores domésticos que realicen acciones en el campo o en centros urbanos.