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Cuánto dinero debe pagar de multa un empleador si no paga la prima antes del 30 de junio

La fecha límite se aproxima, por lo que aquellos empleadores que incumplan estarán sujetos a una sanción considerable.
sábado, 28 de junio de 2025 · 13:30

El pago de la prima en Colombia es una obligación legal para los empleadores, que consiste en la entrega a sus trabajadores de un abono extra equivalente a 15 días de salario por semestre trabajado. Este es un incentivo muy esperado, ya que reconoce el esfuerzo durante las actividades laborales realizadas.

Así lo establece la Ley 1788 de 2016, que también señala que los pagos se hacen en dos partes: el primero en junio y el segundo en diciembre. En este último caso, la prima se entrega en el último mes del año pensando en los gastos que enfrentan las familias durante la temporada festiva.

En cuanto al pago de mitad de año de 2025, la fecha límite para que los empleadores se pongan al día con sus empleados es el 30 de junio. El Ministerio del Trabajo señala que este pago debe ser abonado a más tardar en dicha fecha, por lo que, de no hacerlo, se incurre en una falta sancionada con multa.

La prima de mitad de año es un pago muy esperado por los trabajadores. Imagen: iStock

Esto es lo que debe pagar un empleador como multa si no paga la prima antes del 30 de junio

El Ministerio del Trabajo indica que si un empleador no paga la prima de servicios a un trabajador, puede recibir una multa que va desde 1 hasta 5000 salarios mínimos mensuales. Además, si hay un retraso en el pago, un juez puede ordenar que el empleador pague una indemnización adicional al trabajador, que equivale a un día de salario por cada día que se retrase el pago.

Por lo tanto, si un empleador no paga la prima a tiempo, tendrá que compensar al trabajador con un monto correspondiente a un día de salario por cada día de mora. Por ejemplo, si ocurre esta situación, el trabajador que gana el salario mínimo tiene derecho a exigir que le paguen $47.450 por cada día que pase sin recibir la prima, hasta que la empresa o el empleador efectúe el pago que, por ley, está obligado a realizar.

AG