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¿Qué sucede en Colombia con un propietario moroso?

Estas son las consecuencias que tiene para los propietarios morosos el impago de sus obligaciones.
viernes, 21 de marzo de 2025 · 12:30

Los propietarios de inmuebles deben cumplir con determinadas obligaciones para evitar exponerse a sanciones que pueden derivar en multas económicas o problemas legales. Por lo tanto, la cuota de administración es una de esas responsabilidades fundamentales, ya que su pago garantiza el mantenimiento de las áreas comunes, la seguridad del conjunto residencial y el adecuado funcionamiento de los servicios compartidos.

No obstante, en el momento en que un propietario, dentro del régimen de propiedad horizontal en Colombia, incumple con este pago, corre el riesgo de afrontar consecuencias que limitarrían su uso de los espacios, una medida que puede tomar la administración.

¿Qué sanciones puede enfrentar un propietario moroso en Colombia? Imagen: Canva

Estas son las sanciones que puede enfrentar un propietario moroso

Los propietarios de inmuebles en edificios y conjuntos residenciales deben realizar su aportación correspondiente para la conservación y el mantenimiento de los espacios para garantizar su adecuado funcionamiento.

Debido a su importancia, la administración puede tomar algunas acciones. Una de ellas es exponer al moroso en sitios visibles, revelando su nombre al resto de los propietarios o residentes como medida de presión para el cumplimiento de la obligación.

Imagen ilustrativa: Canva

Asimismo, la administración tiene la facultad para prohibir el acceso a las áreas comunes o, en todo caso, si el deudor no realiza sus pagos dentro de los plazos pactados, podría ser demandado por el cobro de la deuda. El artículo 48 de la Ley de Propiedad Horizontal establece que la cuota puede reclamarse por la vía legal y si la mora se extiende, se podrá proceder con el embargo de bienes.

Sobre este aspecto, el artículo 599 del Código General del Proceso establece que el valor de las propiedades del deudor no debe exceder el doble de su deuda, salvo en ciertos casos. Esto significa que, si la persona no paga, la justicia puede retener sus bienes hasta que cubra el monto total de su obligación.

AG