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La mala noticia para los deudores de cuota alimentaria que acuden a los estadios de fútbol en Colombia
Esta iniciativa ha sido implementada en países como Argentina, donde los deudores alimentarios se han visto sorprendidos por la medida.En Argentina, el fútbol se vive con pasión y fervor, probablemente más que en otras partes del mundo. Sin embargo, los deudores alimentarios en ese país se han llevado una desagradable sorpresa al intentar ingresar al estadio para ver a su equipo favorito.
A estos individuos se les ha impedido el acceso a algunos recintos por estar catalogadas como deudores alimentarios morosos. Esto se evidenció en la última fecha de las eliminatorias de Conmebol, donde tres hinchas no pudieron ingresar al estadio Monumental de River para disfrutar del partido entre Argentina y Brasil.
Bajo este escenario, cabe preguntarse si una medida similar podría implementarse en Colombia, impidiendo que los infractores tengan la posibilidad de entrar a los estadios para ver un partido de fútbol, tal como se ha hecho en Argentina, especialmente en los escenarios deportivos de Buenos Aires.

¿Se puede implementar esta medida en Colombia?
En los ingresos de los diferentes estadios de la capital argentina, empleados del Registro de Deudores Alimentarios se han instalado para realizar controles y restringir la entrada a los morosos. Esto se ha llevado a cabo en campos como La Bombonera o el ya mencionado Monumental, dos de las canchas más emblemáticas.
La restricción se basa en una ley sancionada en diciembre de 2024, que limita el acceso a los espectáculos deportivos para quienes tengan deudas alimentarias.
En el caso de Colombia, por ahora no existe una normativa que permita implementar este tipo de restricciones a los hinchas. Sin embargo, en el Congreso de la República se han promovido algunas iniciativas para impedir el acceso a los aficionados clasificados en el Registro de Deudores Morosos.

Esto implicaría que los infractores no pudieran ingresar a los estadios, pero también a otro tipo de espectáculos recreativos o de entretenimiento. Sin embargo, la abogada Gloria Rivera Ocampo comentó para El Colombiano que existen algunos detalles que dificultarían la implementación de la medida.
Uno de los problemas es la actualización del Registro de Deudores Alimentarios Morosos, el cual fue creado mediante la Ley 2097 de 2021. Asimismo, la especialista en derecho privado considera que la venta de boletería sería otro obstáculo, pues las operadoras se verían obligadas a no vender boletos a estas personas, pero no impedirían su acceso si adquieren las entradas con otro nombre.
Si bien para la experta estas medidas son razonables, teniendo en cuenta que si un deudor no tiene para cubrir su cuota alimentaria, entonces es inviable que pueda asistir a estos magnos eventos, lo cierto es que aplicar esta restricción podría generar complicaciones tanto legales como logísticas, ya que la ejecución de un control eficaz y constante requeriría recursos y un sistema de verificación preciso.
AG