Pensiones

¿Qué pensionados pueden recibir el incremento del 14% en Colombia para la ley?

Estos son los criterios que deben cumplir los beneficiarios para poder acceder al porcentaje adicional.
miércoles, 21 de mayo de 2025 · 12:10

La pensión es un derecho contemplado dentro del sistema de seguridad social, mediante el cual las personas que han trabajado durante un tiempo determinado y han cotizado al sistema pueden recibir un ingreso periódico cuando se jubilan o padecen una invalidez.

A lo largo de los años se han realizado ajustes a la legislación relacionada con el sistema pensional, con la finalidad de adaptarlo a las condiciones económicas y sociales del país en cada momento histórico. Un ejemplo de ello es el Acuerdo 049 de 1990, el cual introdujo modificaciones orientadas a mejorar el acceso y las condiciones para el reconocimiento de pensiones, incluyendo beneficios como el incremento del 14 %, vigente para ciertos casos.

Los beneficiarios deben cumplir con ciertos criterios para acceder al incremento. Imagen: iStock

¿Quiénes se pueden beneficiar del incremento del 14%?

El derecho al incremento del 14% se circunscribe principalmente a aquellos pensionados que obtuvieron su pensión de vejez o invalidez directamente bajo las disposiciones del Acuerdo 049 de 1990. Esto significa que la fecha de causación de la pensión, es decir, es un factor determinante.

Con base en lo anterior, el derecho a la pensión se adquiere en un momento determinado, y si en ese instante la normativa que otorga el beneficio no estaba vigente, entonces dicho beneficio no es válido. Esto también ocurre con la entrada en vigor de leyes o normativas posteriores que modifiquen o sustituyan las disposiciones anteriores.

Imagen ilustrativa: iStock

En ese sentido, el Acuerdo 049 de 1990 se mantuvo vigente hasta la instauración de la Ley 100 de 1993, la cual introdujo cambios significativos al Sistema General de Pensiones en Colombia. De este modo, los trabajadores afiliados a esta ley no pueden recibir el beneficio del 14 %, ni tampoco por los ajustes posteriores que esta legislación haya establecido.

A grandes rasgos, para acceder al aumento del 14 % en la pensión, se debe cumplir que la pensión de vejez o invalidez haya sido reconocida bajo el Acuerdo 049 de 1990, mientras estuvo vigente, y que no pertenezca a otros regímenes pensionales, ya que no aplica a otros tipos de pensiones, como la de sobrevivientes.

AG