Es tu derecho
Estos son los requisitos para acceder a una pensión compartida en 2025
Consulta aquí los pormenores de este beneficio que pueden solicitar los trabajadores.Acceder a una pensión es un derecho que puede ejercer el trabajador bajo ciertas condiciones, como haber cumplido con la edad mínima establecida y haber cotizado un número determinado de semanas al sistema de seguridad social.
En Colombia, la administradora de fondos de pensiones (Colpensiones) es la encargada de gestionar los derechos pensionales y el pago de mesadas a quienes cumplan con los requisitos legales. En ese sentido, la entidad ofrece una posibilidad a los trabajadores de acceder a la pensión compartida, que forma parte de un acuerdo entre el Estado y el empleador para cubrir conjuntamente el valor de la mesada pensional.

Cabe mencionar que este tipo de pensión está enfocada a los trabajadores que en su momento cotizaban al Instituto de Seguros Sociales, que hoy se conoce como Colpensiones. Asimismo, esta modalidad solo puede ser solicitada por los trabajadores bajo el régimen de prima media, es decir, aquellos cotizantes al fondo de pensiones público, de modo que los fondos privados no están habilitados para ofrecer esta opción.
La pensión de vejez compartida únicamente es válida cuando el empleador otorga una pensión como resultado de un acuerdo colectivo o adicional que beneficia al trabajador, aportando un porcentaje determinado de la pensión. Esto generalmente ofrece mayores ventajas en comparación con el régimen común.

Requisitos para acceder a la pensión compartida
Solicitar una pensión compartida es un proceso que se puede realizar en línea. Para ello, se encuentra disponible el siguiente enlace: https://www.colpensiones.gov.co/. Al ingresar, se debe dirigir al apartado 'Pensión Compartida' y luego hacer clic en 'Registrarse'. Una vez concluido este paso, Colpensiones entregará una respuesta a la solicitud en un plazo máximo de 4 meses. A continuación, se presentan los requisitos para aplicar:
- Edad mínima: 57 años para las mujeres y 62 años para los hombres.
- Tiempo de cotización: El trabajador debe haber aportado un mínimo de 1.300 semanas a Colpensiones o al antiguo Instituto de Seguros Sociales (ISS).
- Reconocimiento por parte del empleador: El empleador debe haber reconocido una pensión a través de una convención colectiva o un acuerdo extralegal.
- La pensión compartida se distribuye de la siguiente manera: el empleador se hace responsable del 75% y Colpensiones cubre el 25% restante.
AG